El Bienio
Progresista 1854-1856
Fue un período de dos años durante los que los progresistas
desarrollaron su programa de liberalización de la economía, de ampliación de
los derechos individuales y libertades públicas, de autonomía de los
ayuntamientos y de recorte de los poderes de la corna.
Para llegar al poder se habían apoyado tanto en los
moderados vicalvaristas como en los demócratas de base popular. Por
tanto, los que se beneficiaron fueron los progresistas, pero no llegaron a
alterar en lo fundamental ni el doctrinarismo ni el funcionamiento del Estado
Liberal.
1854 puede considerarse, en el fondo, más un cambio de
Gobierno que de régimen, pese a medidas más aperturistas como la reorientación
de la economía para reestructurar el mercado nacional. Por tanto, los
progresistas que llegaron al poder, que no constituían precisamente la variante
más radical del progresismo, no supusieron una ruptura radical del sistema
anterior.
3-a- La política
El 28 de julio de 1854 Espartero se abrazó con O´Donnell, momento a partir del cual se puede
dar por concluida la Revolución de 1854. El Gobierno que iban a formar estos
dos generales estaba compuesto por progresistas y moderados vicalvaristas, pero
no por demócratas. Lo encabezó Espartero, aunque O´Donnell, que era el ministro
de la Guerra, era muy importante.
Tras constituirse el Gobierno, se convocaron
elecciones a Cortes Constituyentes por la ley electoral de 1837, que exigía
para ser elector una contribución de 200 reales anuales. Era más abierta que la
moderada de 1846, pero seguía siendo censitaria y no universal, con lo que no
satisfizo a los demócratas.
La razón del no al sufragio universal fue el que los
carlistas podían ganar el 50% de los votos, y esto no convenía.
- Medidas políticas
El gobierno descentralizó la administración, reformó
el sistema tributario, volvió a la milicia nacional y amplió el sufragio. A
nivel económico, retomó la desamortización, desarrollaron leyes de minas y ferrocarriles y
leyes de creación de sociedades anónimas de crédito, con lo que el capital
empezó a movilizarse. Eran, por tanto, medidas progresistas.
Sobre la estructura de las Cortes, mientras los
progresistas defendían unas Cortes unicamerales de carácter constituyente, los
moderados, que se acogían al Manifiesto de Manzanares, defendían unas
ordinarias para que simplemente se reformara la constitución de 1845 y no se
redactara otra. En esta diatriba vencieron los progresistas. Por ello, se
convocaron Cortes constituyentes unicamerales bajo la ley electoral de 1837, pero
con algunos cambios.
Como consecuencia, aumentó el número de diputados por
habitante, aunque el sufragio restringido se mantuvo. En las Cortes elegidas
los diputados debatieron, entre otras actividades, una nueva Constitución: la Constitución
non nata de 1856.
La Constitución Non Nata de 1856
·
Definición del
Régimen:
El régimen se define como monárquico pero se
reproducen algunos aspectos del ideario progresista de 1837, como la Soberanía
Nacional y la ampliación de los derechos políticos aunque no se incluyan las
propuestas demócratas sobre el derecho al trabajo y la educación. No obstante:
·
División de
poderes:
·
El Legislativo
lo detentarían el Rey y las Cortes bicamerales (la soberanía compartida
moderada), aunque el Senado es electivo (frente al anterior nombramiento real),
con un cierto carácter territorial y con funciones iguales al Congreso, excepto
para cuestiones fiscales y crédito público en las que prevalecerían las
decisiones del Congreso. Además, existía el derecho
de veto absoluto de anteriores textos constitucionales, pero no era una
prerrogativa exclusiva de la Corona, sino que también lo podían ejercer el
Congreso y el Senado.
·
El Ejecutivo,
detentado por el Gobierno y el Rey. Por tanto, la Corona disfruta del poder
ejecutivo y participa del legislativo. Sin embargo, existe la responsabilidad
ministerial.
·
El Judicial. Se
trata de un poder independiente.
·
Sobre la
administración local y provincial, se adopta el sistema electivo, y se retoma
la Milicia nacional en cada una de las provincias, con lo que se garantiza una
cierta autonomía de los municipios.
- Medidas económicas
El objetivo fundamental fue la mayor articulación del
mercado nacional y la culminación del proceso desamortizador y las medidas que
se acometieron facilitaron el desarrollo del capitalismo y de las clases
sociales que se beneficiaron de él.
El sistema financiero se reordenó por la Ley de
Sociedades Anónimas de Crédito de 1856, que facilitó el establecimiento y
creación de sociedades que pudieran prestar dinero para la activación de la
economía.
Otras medidas económicas fueron el aumento de la emisión
de billetes y el establecimiento de un Banco de emisión por localidad, tanto
privado como sucursal del Banco de España (antes Banco de San Fernando). Así,
el Estado concedía muchas facilidades para establecer entidades bancarias, y
reducía su control sobre ellas.
Sobre los ferrocarriles, hubo una nueva normativa en
1855, que substituía la de los moderados (sobre todo la de Bravo Murillo), más
intervencionista.
Por ella, se establecían las bases de la red
ferroviaria española radial con centro en Madrid. La ley de 1856 favoreció la
inversión de capital extranjero, sobre todo de capital francés, hacia la Compañía
de Caminos de Hierro del Norte de España, Madrid- Zaragoza- Alicante, y
ferrocarriles andaluces. El estado ni siquiera controlaría los trazados, que
pasaban a diseñarse en función de la demanda y necesidades de las compañías
constructoras. Esto favoreció considerablemente la construcción de
ferrocarriles, en parte también por la ley de Banca, que favoreció la entrada
de casas extranjeras, quienes se encargarían de financiar la construcción de
líneas férreas.
Respecto a la Desamortización, en 1855 se
promulgó una ley general (la Desamortización de Madoz) muy importante.
La desamortización eclesiástica se había clausurado en la etapa moderada cuando
finalizaron las ventas y se devolvieron los bienes no vendidos al clero en
1844, sobre todo por el Concordato de 1851. La novedad residía en la
desamortización no sólo de propiedades eclesiásticas, sino también civiles.
Para ello Madoz, el ministro de Economía, presentó un proyecto de ley que
afectaba a todos los bienes que se encontraban en régimen jurídico de manos
muertas, como los del Estado, clero, Órdenes Militares, cofradías, propios
y comunes de los pueblos, beneficencia e instrucción pública... que fueron
subastados y vendidos, afectando al doble de propiedades de la de
Mendizábal. De esta manera se infringió
el Concordato de 1851.
En cuanto a los bienes de propios, éstos eran las
propiedades de los municipios cultivadas en lotes por los vecinos y que
ayudaban a la financiación de servicios como la enseñanza. Los bienes de
comunes pertenecían a la comunidad de vecinos, y eran de utilidad libre y
gratuita (dehesas para ganado, aprovechamiento forestal, roturaciones para
cosechas complementarias…). Todos ellos, junto con los eclesiásticos ya
citados, fueron desamortizados en un proceso que, salvo un breve paréntesis, se
prolongó durante el siglo XIX para solucionar el problema de la deuda.
Concretamente se usaron para amortizar los títulos de deuda invirtiendo el 80%
de las ventas en títulos de deuda al 3%.
Las consecuencias sociales de este proceso
desamortizador fueron, excepto en el Norte peninsular (donde los campesinos
logran acceder a la propiedad), un empeoramiento de la situación de los trabajadores
del campo. Éstos no sólo no ascendieron al grupo de propietarios, sino que se
vieron perjudicados por la privatización de los bienes de propios y de comunes.
Por otra parte, el Estado pudo disponer de líquido para resolver el problema de
la Deuda y para impulsar la construcción de ferrocarriles.
- Conflictividad social obrera y campesina
Al descontento campesino se sumó la conflictividad
procedente del mundo industrial, que reivindicaba la libertad de asociación,
comisiones o jurados de arbitraje para la resolución de los conflictos
laborales y la reducción de la jornada de trabajo. Para lograr esto estallaron
huelgas en ciudades como Barcelona, Badalona, Mataró e Igualada, que llegaron a
desembocar en una huelga general resuelta por Espartero con promesas vagas. Los
obreros, desilusionados, (que iniciaron medidas luddistas) evolucionaron hacia
las posiciones demócratas y republicanas, alejándose de los progresistas. El
progresismo demostró beneficiar también a la burguesía.
En cuanto a los campesinos, se empezaron a registrar
revueltas a la altura del verano de 1856, por toda la cuenca del Duero, que
para muchos eran revueltas carlistas.
- El
final del Bienio
El Partido Progresista
había asociado tradicionalmente la milicia nacional a su ideario.
Como consecuencia de los sucesos de 1854 dicha institución se repuso, pero en
el Bienio se radicalizó aproximándose a los demócratas y republicanos. Incluso
era peligrosa para el Gobierno progresista (en 1856, conato de sublevación en
Madrid). Por ello O´Donnell tenía una excusa para desarmarla, enervando aún más
los ánimos de un pueblo ya descontento, que se revolvió en 1856.
Ese año O´Donnell formó nuevo gobierno, pero en
realidad fue mucho más que eso: se trató de un cambio de rumbo para reconducir
al régimen liberal. De hecho puede considerarse como un auténtico golpe de
Estado puesto que se disolvieron las Cortes constituyentes de 1854-1856, y con
ellas su Constitución non nata, restableciéndose la de 1845 pero con un Acta
Adicional que contenía algunas de las tradicionales reivindicaciones del
progresismo (como la ampliación del sistema representativo), algunas
restricciones al poder de la Corona y el mantenimiento de las leyes
desamortizadoras.
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