El siguiente documento es una muestra del sistema político que se implanta en España con José I, y sirve como complemento del Estatuto de Bayona, cuyo comentario general se ofrece en la entrada anterior.
Es cierto que el autor no es el nuevo monarca Bonaparte, sino su hermano, pero precisamente por ese motivo, porque fue Napoleón Bonaparte el que impuso a la llamada Asamblea de Bayona ese citado documento pseudo-constitucional, por el que se puede considerar como un ejemplo ilustrativo de lo que se iba a intentar implantar.
Napoleón, emperador de los franceses, rey de Italia, etc. […]
Españoles: después de una larga agonía, vuestra nación iba a perecer. He visto vuestros males y voy a remediarlos. Vuestra grandeza y vuestro poder son parte del mío.
Napoleón, emperador de los franceses, rey de Italia, etc. […]
Españoles: después de una larga agonía, vuestra nación iba a perecer. He visto vuestros males y voy a remediarlos. Vuestra grandeza y vuestro poder son parte del mío.
Vuestros príncipes me han cedido todos sus derechos a la corona de las Españas; yo no quiero reinar en vuestras provincias; pero sí quiero adquirir derechos eternos al amor y al reconocimiento de vuestra prosperidad.
Vuestra monarquía es vieja; mi misión se dirige a renovarla; mejoraré vuestras instituciones y os haré gozar de los beneficios de una reforma sin que experimentéis quebrantos, desórdenes y convulsiones.
Españoles: he hecho convocar una asamblea general de las diputaciones de las provincias y de las ciudades. Yo mismo quiero saber vuestros deseos y vuestras necesidades. Entonces depondré todos mis derechos, y colocaré yo mismo vuestra gloriosa corona en las sienes de otro, asegurándoos una Constitución que concilie la santa y saludable autoridad del Soberano con las libertades y privilegios del pueblo.
Españoles: he hecho convocar una asamblea general de las diputaciones de las provincias y de las ciudades. Yo mismo quiero saber vuestros deseos y vuestras necesidades. Entonces depondré todos mis derechos, y colocaré yo mismo vuestra gloriosa corona en las sienes de otro, asegurándoos una Constitución que concilie la santa y saludable autoridad del Soberano con las libertades y privilegios del pueblo.
Españoles: acordaos de lo que han sido vuestros antepasados y mirad a lo que habéis llegado. No es vuestra culpa, sino del mal gobierno que os regía. Tened suma esperanza y confianza en las circunstancias actuales, pues quiero que mi memoria llegue hasta vuestros últimos nietos y que exclamen: es el regenerador de nuestra patria.
Dado en nuestro palacio imperial y real de Bayona, a 25 de mayo de 1808, Napoleón.
Gaceta de Madrid, 3 de junio de 1808.
Dado en nuestro palacio imperial y real de Bayona, a 25 de mayo de 1808, Napoleón.
Gaceta de Madrid, 3 de junio de 1808.
En este documento observamos que Napoleón es el autor. Se trata del nuevo monarca francés, que ha impuesto en casi toda Europa los principios sociales y económicos de la Ilustración del siglo anterior, y de la Revolución, pero bajo la cobertura de un sistema político autoritario. Así lo vemos en este texto, en el que el Emperador de los franceses a causa del descrédito y crisis interna de la dinastía de los Borbones, y a raíz de los hechos acaecidos en Bayona (como expresa en las líneas 2, 3 y en el penúltimo párrafo), sustituye a dichos reyes por la dinastía de los Bonaparte. Pero no será él el que reine, como manifiesta en el tercer párrafo, sino que ofrece primero la Corona a su hermano Luis, quien la rechaza, y, posteriormente, a José, quien sí la acepta.
Con estos hechos se inicia el proceso de sustitución no sólo de una dinastía por otra, sino de un sistema de relaciones económicas, sociales y políticas, típico del Antiguo Régimen, por otro más moderno. Autoritario, es cierto, pero de nuevo cuño, más racional. Así lo expresa en el cuarto párrafo. De hecho, inicia el proceso de sustitución institucional con la Asamblea de Bayona, especia de parlamento (que no fue tal) convocado en la citada localidad francesa, a la que tiene la intención de conceder, en ejercicio de su autoridad, un Carta Magna, en la que, como manifiesta en el antepenúltimo párrafo, concilie la santa y saludable autoridad del Soberano con las libertades y privilegios del pueblo.
La conclusión es evidente: modernización en lo social y económico, como veremos en el Estatuto de Bayona, pero en lo político, una suerte de soberanía compartida que, si bien rompe con las estructuras del Antiguo Régimen, instaura uno nuevo, pero sin sobresaltos ni hechos revolucionarios violentos.
Esta circunstancia hizo que muchos ilustrados, ante la posibilidad de que el sistema josefino fuera el único que garantizara magros logros y avances en el sentido de la filosofía ilustrada, abrazaran la causa de José I. Lo más lógico es que ésta, apoyada por el ejército napoleónico, triunfante en toda Europa, triunfara, y no las exiguas armas españolas, si bien es cierto que apoyadas, sobre todo, por los ingleses y por la inefable guerrilla.
Por todo ello, podemos afirmar que, em el transcurso de la Guerra, se desarrollaron dos modelos que tenían como objetivo acabar con el Antiguo Régimen: el de José I, y el de las Cortes de Cádiz. Fue éste último el que al final se impuso, pero, cuando Fernando VII volvió con la intención de recuperar el trono, dio un golpe de Estado desde arriba, y restauró el Antiguo Régimen en toda su dimensión.
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