LA TRANSICIÓN AL MUNDO CONTEMPORÁNEO
El período comprendido entre los años
1788 y 1833 debe considerarse como la transición entre el Antiguo Régimen y el
mundo contemporáneo. En él se desarrollaron los reinados de Carlos IV y de
Fernando VII. El primero de ellos, abúlico y con escaso espíritu de trabajo,
asistió al derrumbamiento del Antiguo Régimen en Francia, personificado en la
monarquía de su primo Luis XVI. El segundo, que ascendió al poder de forma
turbulenta (tras el Motín de Aranjuez
primero y después de la Guerra de la Independencia y del Tratado de Valençay), se
resistió todo lo que pudo a la revolución liberal que triunfó durante el
conflicto bélico que determinó su reinado.
La historia de este período es la de la
lucha de las nuevas ideas, las liberales, por imponerse, contra las antiguas,
las del Antiguo Régimen, por no dejarles paso. Pero mientras, van apareciendo
nuevas opciones que son difícilmente encasillables en uno u otro modelo. Estas
opciones contribuyen a enriquecer el panorama político, y ayudan a explicar
procesos posteriores, inspirando la forma de construir el Estado liberal.
Respecto al período concreto sobre el
que proponemos las siguientes fuentes históricas, asistimos a una crisis
estructural propia de un sistema que necesitaba de recursos pero que, lastrado
como estaba por los límites y privilegios sociales y económicos del Antiguo
Régimen, se hundía sin remisión.
A
nivel económico, ya desde finales del reinado de Carlos III asistimos a una falta alarmante de recursos por las
guerras que la Corona emprendió en el período de Carlos III, como la de los
Siete Años, o la de la Independencia de las colonias norteamericanas. Pero, además,
desde los inicios del reinado de Carlos IV, la crisis de subsistencias que
asoló los territorios hispánicos ahondó aún más si cabe en una crisis que no
sólo era coyuntural, sino que era estructural ya que se basaba en la naturaleza
de las estructuras políticas, sociales y económicas del sistema.
La política ilustrada, como no se
desarrolló en toda su plenitud, dejó grandes problemas por resolver: la
inoperancia e inutilidad de los estamentos privilegiados, la pervivencia de
sistemas de vinculación y amortización de tierras, el mantenimiento de la Mesta
y de los gremios, de las compañías monopolísticas y de barreras aduaneras
interiores… Era imposible resolver el problema económico si no se afectaba a
los privilegios del Antiguo Régimen, pero eso era atentar contra la esencia del
sistema mismo. Por ello, sólo era posible salir de esta situación mediante un
cambio de régimen. La Guerra de la Independencia iba a proporcionar la
oportunidad de conseguirlo.
I-EL PERÍODO DE CARLOS IV.
Para
el análisis de este período, disponemos de una serie de fuentes, la mayor parte
de ellas, primarias. La primera de ellas nos cuenta cuáles fueron los lastres a
los que se tuvo que enfrentar Carlos IV, y que heredó de su predecesor Carlos
III.
Además
de esta crisis económica, se tuvo que enfrentar a una crisis política muy
importante por los sucesos revolucionarios acaecidos en Francia, y que hicieron
que la política exterior española, hasta ese momento muy claramente dirigida a
recuperar lo perdido en Utrecht y Rastadt, no tuviera una orientación clara.
Floridablanca decidió cerrar las fronteras y apoyarse en la Inquisición, viejo
tribunal eclesiástico impuesto por los Reyes Católicos a finales de la Edad
Media. El conde de Aranda, que rivalizaba políticamente con Floridablanca,
desarrolló una política de un relativo acercamiento a Francia, tras la
suspensión del Pacto de Familia, pero fue rápidamente relevado.
Por
último, el Príncipe de la Paz, don Manuel de Godoy, a quien las malas lenguas
atribuyeron ya desde los mismos años del reinado de Carlos IV, una turbia
relación con la reina, en un primer momento declaró a los revolucionarios
franceses la Guerra de la Convención, pero cuando el proceso revolucionario
refluyó, inició una política de acercamiento a Napoleón Bonaparte, que se
materializó en sucesivos conflictos bélicos contra Gran Bretaña, que acabaron por
destrozar la flota española, y, como consecuencia, dejar desprotegidas las
colonias americanas.
Estos
hechos ahondaron en el descrédito de la monarquía borbónica española, muy
cuestionada por dar cobijo al que la nobleza consideraba un advenedizo, y la Iglesia
un indeseable por haber acometido la desamortización de ciertas propiedades
eclesiásticas (con el visto bueno del Vaticano en 1795) en 1798. De la misma
forma, la desastrosa política internacional, que, excepto unos breves triunfos, como el caso de la Guerra de las Naranjas, se caracterizó
por la pérdida progresiva de territorios y por el ahondamiento de la crisis de
la Hacienda Real. No había forma de
encontrar la solución a la crisis. Una crisis, por tanto, múltiple,
caracterizada, como hemos visto, por el descrédito de la monarquía, por un
desastroso estado de la Hacienda Real, por una errática política exterior y por
la coincidencia de una época de malas cosechas que generaron fuertes hambrunas.
Todo ello contribuyó a deteriorar el Antiguo
Régimen en la Monarquía Hispánica al igual que había ocurrido, por ejemplo,
en la monarquía francesa).
Para
algunos historiadores, esta crisis fue una crisis múltiple, que abarcó aspectos
estructurales, es decir, aspectos relacionados con la propia esencia del sistema
de relaciones económicas, sociales y políticas que era el citado Antiguo Régimen, y que, en caso de una
crisis coyuntural como la provocada por sequías y malas cosechas, o una
importante proliferación de conflictos bélicos, no podía resolverse, y la citada
crisis coyuntural generada por las condiciones específicas del momento.
La
combinación de ambos factores imposibilitó la pervivencia del sistema, habida
cuenta que, ante un déficit económico como el existente a finales de la
centuria, la única manera de solventarlo era un rediseño de la fiscalidad y de
todas las relaciones sociales y económicas. Es decir, que los privilegiados se
vieran afectados mediante el pago de impuestos directos. No obstante, este hecho generaría la pérdida de su
estatus de privilegio, al convertirse, de facto, en miembros del Tercer Estado, en pecheros. La consecuencia política sería la modificación de las
relaciones de poder, y con el poder, y, por ende, al final del proceso que se
iniciaría, el fin de la monarquía
absoluta. Carlos IV y las elites políticas no lo podían permitir. De ahí el
recurso a los Vales Reales y a
pequeñas y tímidas formas de desamortización
para conseguir recursos. Medidas que no sólo no calmaron el hambre de
financiación de la Corona y los detentadores del poder, sino que generó la
feroz oposición de nobleza y clero, reticentes al cambio que el ascenso de
Godoy y las comentadas medidas, implicaban.
El
último episodio de este proceso de crisis política fue la firma del Tratado de
Fontainebleau por una parte, y el proceso de sustitución de la monarquía
absolutista borbónica por la reformista Bonaparte. Este proceso se inició con
la Conjura de El Escorial y el Motín de Aranjuez, y concluyó con las Abdicaciones de Bayona.
DOCUMENTO 1: LOS ANTECEDENTES DE LA CRISIS SEGÚN FERRER
BENIMELI.
La situación interior del país durante los veinte
años que duró el reinado de Carlos IV está marcada no sólo por la crisis
internacional que afectó de forma notable a España, sino por la coyuntura
económica nada favorable derivada de una serie de causas como las crisis
agrarias, la inflación derivada de la guerra, las epidemias y el desastroso
estado de las finanzas públicas.
La expansión demográfica experimentada a lo largo
del siglo XVIII concluye con la epidemia de tercianas de finales del reinado de
Carlos III. En los primeros años del siglo XIX hubo malas cosechas, pero la del
año 1803-1804 fue todavía peor, y no bastaron las medidas adoptadas por el
Gobierno…
La política ilustrada, a pesar de sus intentos
experimentales, no supo llegar hasta sus últimas consecuencias, y quedó sin
hacerse esa transformación radical que algunos, como Olavide, deseaban. Carlos
IV heredó instituciones tan seculares como la Mesta, la Inquisición, los
señoríos, los municipios oligárquicos, los mayorazgos, los privilegios
estamentales, etcétera, es decir, todas las instituciones que los ilustrados
habían denunciado e intentado, si no suprimir, sí, al menos, reformar en
profundidad.
Si a esa situación se añaden los conflictos
internacionales y guerras tanto marítimas como peninsulares que incidieron
decisivamente en el reinado de Carlos IV y que influyeron de forma tan notable
en la economía y comercio nacionales, no es de extrañar que el estado de las
finanzas públicas pudiera ser peor, y llegara a encontrarse al borde de la
bancarrota.
FUENTE:
Grupo Cronos.
DOCUMENTO 2: LA NECESIDAD DE REFORMAS A FINALES DE SIGLO.
La circulación necesaria a la agricultura exige
precisamente el sacrificio de todas las causas que la obstruyen, y toca a la
legislación que las creó, la obligación de removerlas. Éstas son:
1ª El monopolio de las propiedades, que produce el de los
signos y el del comercio.
2ª Los privilegios dados a las ciudades en perjuicio de
las campiñas, y las gabelas simultáneas con que se encarece a las mismas
ciudades.
3ª La funesta tendencia a éstas, creada y fomentada por
el Gobierno, ya con establecimientos costosos e inútiles, ya con oficinas, ya
con la retención de los grandes propietarios.
4ª Las diferencias antisociales de pesos, medidas y
monedas.
5ª Las precisiones del fiel medidor, corredor, prohombres
y demás opresiones.
6ª Las aduanas y registros, como también la injusta
distinción de puertos habilitados y no habilitados.
7ª La impolítica carga de derechos en Europa o en Indias
en los frutos y géneros nacionales.
8ª La arbitrariedad de reglas y voluntariedades en que
gime el comercio.
9ª El impío y detestable Código fiscal.
10ª Los gastos del erario, la exorbitancia de las
contribuciones, y las vejaciones inauditas de su exacción.
[…] si creemos a los poseedores de mayorazgos, no digo
mejor criados y con mas altos pensamientos, sino iguales a los demás hombres en
virtud, inteligencia y buen juicio, ¿qué inconveniente habrá en dejarles la
misma libertad de regir y disponer de sus bienes? Si, al contrario, los
creemos inferiores, de mentes y
disipadores por punto general, ¿a qué mantener un sistema que los hace tales?.…
No alcanzo respuesta sólida a este dilema.
Pero, amigo, ¿quiere vmd. Ver resueltas estas cuestiones
de una vez? Tómela contradictoria de los errores y verá cómo se encuentra con
las verdades más elementales con éste simplicísimo decreto, cual escribirían
uniformes la naturaleza y la política, libres del tumulto de nuestros vanos
delirios:
1º Que los empleos de la sociedad se den exclusivamente a
la capacidad de desempeñarlo y sus premios al mérito personal, sin más pruebas
que éstas.
2º Que los matrimonios se formen por la voluntad e
inclinación recíproca para amarse.
3º Que los hijos de un mismo padre partan igualmente sus
bienes.
4º Que aquél que debiere a otro, pague en los términos
que lo ofreció.
La mano sobre el pecho,
amigo: ¿Conoce vmd. Un hombre bastante descarado para atreverse a impugnar
públicamente estas cuatro proposiciones? La ley misma que las sancionase,
¿haría más que declarar los axiomas imprescriptibles de toda la sociedad
política como de la moral? Y, ¿sería necesario recordarlos a no haberse afanado
cien generaciones para oscurecerlos? Y sin embargo, estas cuatro proposiciones
que arruinarían radicalmente el sistema impío, absurdo, antisocial de nobleza
hereditaria y de mayorazgos, vmd no las propondrá receloso de la repulsa que
tendrían.
FUENTE: GÓMEZ URDÁÑEZ,
J.L., TUÑÓN DE LARA, M; MAINER J.C.; GARCÍA-DELGADO CASTILLO (1985) Historia de España. Volumen XII. Labor,
Barcelona. Págs. 93-94
DOCUMENTO 3: EDICTO INQUISITORIAL PROHIBIENDO LA LECTURA
DE LIBROS Y FOLLETOS REFERENTES A LOS ACONTECIMIENTOS DE FRANCIA.
Nos los inquisidores apostólicos, contra la
herética pravedad, y apostasía, […]
A todas, y qualesquier personas de
qualquier estado, grado, condición, preeminencia, ó dignidad que sean, […]
vecinos, y moradores, estantes, y habitantes en las Ciudades, Villas, y Lugares
de este nuestro distrito, y á cada uno de vos, salud en nuestro Señor
Jesuchristo, […] y á los nuestros mandamientos firmemente obedecer, y cumplir.
Sabed, que teniendo noticias de haberse
esparcido, y divulgado en estos Reynos varios Libros, Tratados, y Papeles, que
sin contentarse con la sencilla narración de unos hechos […] sediciosos […]
parecían formar un código teórico-práctico de independencia á las legítimas
Potestades, tuvimos por conveniente […] examinarlos […] en que tanto interesaba
nuestra Santa Religión […]. Y habiéndolos visto, y examinado, hemos hallado,
que todos los dichos Libros, Tratados, y Papeles, además de estar escritos con
un espíritu […] anti-christiano, y maliciosamente oscuro, y capcioso,
manifiestan ser producciones de una nueva raza de Filósofos, hombres de
espíritu corrompido […] los quales baxo el especioso título de defensores de la
libertad maquinan realmente contra ella, destruyendo de esta suerte el orden
político, y social, y […] la gerarquia de la Religión christiana, exhortando
con este lenguage de seducción á sacudir el yugo de subordinación y sujeción á
las legítimas Potestades tan recomendadas por Jesuchristo en su evangelio, y
repetida con el mayor encarecimiento en las epístolas de los Santos Apóstoles,
pretendiendo por aquí fundar […] sobre las ruinas de la Religión y Monarquías
aquella soñada libertad, que malamente suponen concedida á todos los hombres
por la naturaleza, […] hizo a todos sus individuales iguales, e independientes
unos de otros.
A fin pues, de que esta epidemia no se
difunda, y [de] precaver […] el daño que pueden ocasionar á los Fieles unas
doctrinas tan opuestas al espíritu de nuestra santa Religión católica,
prohibimos absolutamente los Libros, Tratados, y Papeles impresos, y
manuscritos, que hasta ahora han llegado á nuestras manos, y son los que se
siguen.
FUENTE: ANES, G.: Economía e Ilustración, Págs. 180 – 181 (Adaptado)
Los
siguientes documentos nos reflejan las abdicaciones
de Bayona. Independientemente del interés erudito que este hecho pueda
suponer, lo que a nosotros nos debería interesar a la hora de analizar el
proceso de transición desde el Antiguo Régimen a un sistema liberal, es el
hecho de que estas abdicaciones comportaron la sustitución de una dinastía
típicamente propia del Antiguo régimen, por una de nuevo cuño, la de los
Bonaparte, herederos en cuanto a conceptos jurídicos, de la Revolución
francesa.
No obstante, debemos recalcar que la
monarquía de Carlos IV, con la irrupción de Godoy y de sus medidas reformistas,
ya se empezó a alejar de la esencia del Antiguo Régimen. Por ello, no era una
dinastía tan caduca, si nos olvidamos del motín
de Aranjuez, auténtico golpe de Estado que arribó al trono al príncipe de
Asturias, don Fernando, y a los grupos de la Corte que el apoyaban, como la
nobleza y la Iglesia.
Además, debemos de tener en cuenta
que la base jurídica de la nueva monarquía francesa, los Bonaparte, era un
texto consistente en una Carta Otorgada que, si bien es cierto que a nivel de
estructuras sociales y económicas anticipaba la revolución liberal como
heredero que era de la Revolución francesa, a nivel de estructuras políticas
presentaba una importante concentración del poder en la cabeza del Estado, que
no lo era por deseo divino, pero que continuaba concediendo una preeminencia
muy importante a la religión católica.
DOCUMENTO 4: ABDICACIÓN
DE CARLOS IV EN UNA CARTA A NAPOLEÓN.
Señor mi hermano: V.M.
sabrá sin duda con pena los sucesos de Aranjuez y sus resultas, y no verá con
indiferencia a un rey que, forzado a renunciar la corona, acude a ponerse en
los brazos de un gran monarca, aliado suyo, subordinándose totalmente a la
disposición del único que puede darle su felicidad, la de toda su familia y la
de sus fieles vasallos. Yo no he renunciado a favor de mi hijo sino por la
fuerza de las circunstancias […].
Yo fui forzado a renunciar […], yo he tomado la
resolución de conformarme con todo lo que este gran hombre quiera disponer de
nosotros y de mi suerte, la de la reina y la del Príncipe de la Paz.
Dirijo a V.M. una protesta contra los sucesos de
Aranjuez, y contra mi abdicación. Me entrego y enteramente confío en el corazón
y amistad de V.M. […].
De V.M.I., su afecto
hermano y amigo. Carlos.
DOCUMENTO 5: ABDICACIÓN DE CARLOS IV EN
BAYONA.
"He
tenido a bien dar a mis amados vasallos la última prueba de mi paternal amor. Su
felicidad, la tranquilidad, prosperidad, conservación e integridad de los
dominios que la divina providencia tenía puestos bajo mi Gobierno, han sido
durante mi reinado los únicos objetos de mis constantes desvelos. Cuantas
providencias y medidas se han tomado desde mi exaltación al trono de mis
augustos mayores, todas se han dirigido a tan justo fin, y no han podido
dirigirse a otro. Hoy, en las extraordinarias circunstancias en que se me ha
puesto y me veo, mi conciencia, mi honor y el buen nombre que debo dejar a la
posteridad, exigen imperiosamente de mí que el último acto de mi Soberanía
únicamente se encamine al expresado fin, a saber, a la tranquilidad,
prosperidad, seguridad e integridad de la monarquía de cuyo trono me separo, a
la mayor felicidad de mis vasallos de ambos hemisferios.
Así pues, por un tratado firmado y
ratificado, he cedido a mi aliado y caro amigo el Emperador de los franceses
todos mis derechos sobre España e Indias; habiendo pactado que la corona de las
Españas e Indias ha de ser siempre independiente e íntegra, cual ha sido y
estado bajo mi soberanía, y también que nuestra sagrada religión ha de ser no
solamente la dominante en España, sino también la única que ha de observarse en
todos los dominios de esta monarquía. […] que este último acto de mi soberanía
sea notorio a todos en mis dominios de España e Indias, y de que conmováis y
concurran a que se lleven a debido efecto las disposiciones de mi caro amigo el
emperador Napoleón, dirigidas a conservar la paz, amistad y unión entre Francia
y España, evitando desórdenes y movimientos populares, cuyos efectos son
siempre el estrago, la desolación de las familias, y la ruina de todos.
Dado en Bayona en el palacio
imperial llamado del Gobierno a 8 de mayo de 1808. Yo el Rey. Al Gobernador
interino de mi consejo de Castilla."
DOCUMENTO 6: LA RENUNCIA DE FERNANDO VII.
En
este día he entregado a mi amado padre una carta concebida en los términos
siguientes: “Mi venerado padre y señor: Para dar a V.M. una prueba de mi amor,
de mi obediencia y de mi sumisión, y para acceder a los deseos que V.M. me ha
manifestado reiteradas veces, renuncio a mi Corona a favor de V.M. deseando que
pueda gozarla muchos años. Recomiendo a V.M. las personas que me han servido
desde el 19 de marzo; […].
Dios guarde a V.M. muchos
años. Bayona, 6 de mayo de 1808. […]”
En virtud de esta renuncia de mi Corona que he hecho a
favor de mi amado padre, revoco los poderes que había otorgado a la Junta de
Gobierno antes de mi salida de Madrid para el despacho de los negocios graves y
urgentes que pudiesen ocurrir durante mi ausencia. La Junta obedecerá las
órdenes y mandatos de nuestro muy amado padre y soberano, que las hará ejecutar
en los reinos […].
Tratado entre Fernando VII y Napoleón. Bayona, 10 de mayo de
1808.
Art. 1. Su Alteza Real el
Príncipe de Asturias adhiere a la cesión hecha por el Rey Carlos de sus
derechos al trono de España y de las Indias a favor de su Majestad el Emperador
de los franceses, Rey de Italia y Protector de la Confederación del Rhin, y
renuncia en cuanto sea menester a los derechos que tiene como Príncipe de
Asturias a dicha Corona […].
FUENTE: MENDOZA, RIVERO y
VILLENA (2007): Historia de España en sus
documentos. Madrid. Globo. Págs. 215-216.
DOCUMENTO 7: DECRETO DE NAPOLEÓN DE 1808.
Napoleón,
emperador de los franceses, rey de Italia, etc. […]
Españoles: después de una larga agonía, vuestra nación
iba a perecer. He visto vuestros males y voy a remediarlos. Vuestra grandeza y
vuestro poder son parte del mío.
Vuestros príncipes me han cedido todos sus derechos a la
corona de las Españas; yo no quiero reinar en vuestras provincias; pero sí
quiero adquirir derechos eternos al amor y al reconocimiento de vuestra
prosperidad.
Vuestra monarquía es vieja; mi misión se dirige a renovarla;
mejoraré vuestras instituciones y os haré gozar de los beneficios de una
reforma sin que experimentéis quebrantos, desórdenes y convulsiones.
Españoles: he hecho convocar una asamblea general de las
diputaciones de las provincias y de las ciudades. Yo mismo quiero saber
vuestros deseos y vuestras necesidades.
Entonces depondré todos mis derechos, y colocaré yo mismo
vuestra gloriosa corona en las sienes de otro, asegurándoos una Constitución
que concilie la santa y saludable autoridad del Soberano con las libertades y
privilegios del pueblo.
Españoles: acordaos de lo que han sido vuestros
antepasados y mirad a lo que habéis llegado. No es vuestra culpa, sino del mal
gobierno que os regía. Tened suma esperanza y confianza en las circunstancias
actuales, pues quiero que mi memoria llegue hasta vuestros últimos nietos y que
exclamen: es el regenerador de nuestra patria.
Dado en nuestro palacio imperial y real de Bayona, a 25
de mayo de 1808, Napoleón.
Gaceta de Madrid, 3 de
junio de 1808.
FUENTE: MENDOZA,
RIVERO y VILLENA (2007): Historia de
España en sus documentos. Madrid. Globo. Pág. 219
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