jueves, 25 de octubre de 2012

Algunos textos sobre la crisis del Antiguo Régimen en la corona española


LA TRANSICIÓN AL MUNDO CONTEMPORÁNEO

 

         El período comprendido entre los años 1788 y 1833 debe considerarse como la transición entre el Antiguo Régimen y el mundo contemporáneo. En él se desarrollaron los reinados de Carlos IV y de Fernando VII. El primero de ellos, abúlico y con escaso espíritu de trabajo, asistió al derrumbamiento del Antiguo Régimen en Francia, personificado en la monarquía de su primo Luis XVI. El segundo, que ascendió al poder de forma turbulenta (tras el Motín de Aranjuez primero y después de la Guerra de la Independencia y del Tratado de Valençay), se  resistió todo lo que pudo a la revolución liberal que triunfó durante el conflicto bélico que determinó su reinado.

         La historia de este período es la de la lucha de las nuevas ideas, las liberales, por imponerse, contra las antiguas, las del Antiguo Régimen, por no dejarles paso. Pero mientras, van apareciendo nuevas opciones que son difícilmente encasillables en uno u otro modelo. Estas opciones contribuyen a enriquecer el panorama político, y ayudan a explicar procesos posteriores, inspirando la forma de construir el Estado liberal.  

         Respecto al período concreto sobre el que proponemos las siguientes fuentes históricas, asistimos a una crisis estructural propia de un sistema que necesitaba de recursos pero que, lastrado como estaba por los límites y privilegios sociales y económicos del Antiguo Régimen, se hundía sin remisión.

A nivel económico, ya desde finales del reinado de Carlos III asistimos  a una falta alarmante de recursos por las guerras que la Corona emprendió en el período de Carlos III, como la de los Siete Años, o la de la Independencia de las colonias norteamericanas. Pero, además, desde los inicios del reinado de Carlos IV, la crisis de subsistencias que asoló los territorios hispánicos ahondó aún más si cabe en una crisis que no sólo era coyuntural, sino que era estructural ya que se basaba en la naturaleza de las estructuras políticas, sociales y económicas del sistema.

         La política ilustrada, como no se desarrolló en toda su plenitud, dejó grandes problemas por resolver: la inoperancia e inutilidad de los estamentos privilegiados, la pervivencia de sistemas de vinculación y amortización de tierras, el mantenimiento de la Mesta y de los gremios, de las compañías monopolísticas y de barreras aduaneras interiores… Era imposible resolver el problema económico si no se afectaba a los privilegios del Antiguo Régimen, pero eso era atentar contra la esencia del sistema mismo. Por ello, sólo era posible salir de esta situación mediante un cambio de régimen. La Guerra de la Independencia iba a proporcionar la oportunidad de conseguirlo.

 

 

I-EL PERÍODO DE CARLOS IV.

 

Para el análisis de este período, disponemos de una serie de fuentes, la mayor parte de ellas, primarias. La primera de ellas nos cuenta cuáles fueron los lastres a los que se tuvo que enfrentar Carlos IV, y que heredó de su predecesor Carlos III.

Además de esta crisis económica, se tuvo que enfrentar a una crisis política muy importante por los sucesos revolucionarios acaecidos en Francia, y que hicieron que la política exterior española, hasta ese momento muy claramente dirigida a recuperar lo perdido en Utrecht y Rastadt, no tuviera una orientación clara. Floridablanca decidió cerrar las fronteras y apoyarse en la Inquisición, viejo tribunal eclesiástico impuesto por los Reyes Católicos a finales de la Edad Media. El conde de Aranda, que rivalizaba políticamente con Floridablanca, desarrolló una política de un relativo acercamiento a Francia, tras la suspensión del Pacto de Familia, pero fue rápidamente relevado.

Por último, el Príncipe de la Paz, don Manuel de Godoy, a quien las malas lenguas atribuyeron ya desde los mismos años del reinado de Carlos IV, una turbia relación con la reina, en un primer momento declaró a los revolucionarios franceses la Guerra de la Convención, pero cuando el proceso revolucionario refluyó, inició una política de acercamiento a Napoleón Bonaparte, que se materializó en sucesivos conflictos bélicos contra Gran Bretaña, que acabaron por destrozar la flota española, y, como consecuencia, dejar desprotegidas las colonias americanas.

Estos hechos ahondaron en el descrédito de la monarquía borbónica española, muy cuestionada por dar cobijo al que la nobleza consideraba un advenedizo, y la Iglesia un indeseable por haber acometido la desamortización de ciertas propiedades eclesiásticas (con el visto bueno del Vaticano en 1795) en 1798. De la misma forma, la desastrosa política internacional, que, excepto unos breves triunfos, como el caso de la Guerra de las Naranjas, se caracterizó por la pérdida progresiva de territorios y por el ahondamiento de la crisis de la Hacienda Real. No había forma de encontrar la solución a la crisis. Una crisis, por tanto, múltiple, caracterizada, como hemos visto, por el descrédito de la monarquía, por un desastroso estado de la Hacienda Real, por una errática política exterior y por la coincidencia de una época de malas cosechas que generaron fuertes hambrunas. Todo ello contribuyó a deteriorar el Antiguo Régimen en la Monarquía Hispánica al igual que había ocurrido, por ejemplo, en la monarquía francesa).

Para algunos historiadores, esta crisis fue una crisis múltiple, que abarcó aspectos estructurales, es decir, aspectos relacionados con la propia esencia del sistema de relaciones económicas, sociales y políticas que era el citado Antiguo Régimen, y que, en caso de una crisis coyuntural como la provocada por sequías y malas cosechas, o una importante proliferación de conflictos bélicos, no podía resolverse, y la citada crisis coyuntural generada por las condiciones específicas del momento.

La combinación de ambos factores imposibilitó la pervivencia del sistema, habida cuenta que, ante un déficit económico como el existente a finales de la centuria, la única manera de solventarlo era un rediseño de la fiscalidad y de todas las relaciones sociales y económicas. Es decir, que los privilegiados se vieran afectados mediante el pago de impuestos directos. No obstante, este hecho generaría la pérdida de su estatus de privilegio, al convertirse, de facto, en miembros del Tercer Estado, en pecheros. La consecuencia política sería la modificación de las relaciones de poder, y con el poder, y, por ende, al final del proceso que se iniciaría, el fin de la monarquía absoluta. Carlos IV y las elites políticas no lo podían permitir. De ahí el recurso a los Vales Reales y a pequeñas y tímidas formas de desamortización para conseguir recursos. Medidas que no sólo no calmaron el hambre de financiación de la Corona y los detentadores del poder, sino que generó la feroz oposición de nobleza y clero, reticentes al cambio que el ascenso de Godoy y las comentadas medidas, implicaban.

El último episodio de este proceso de crisis política fue la firma del Tratado de Fontainebleau por una parte, y el proceso de sustitución de la monarquía absolutista borbónica por la reformista Bonaparte. Este proceso se inició con la Conjura de El Escorial y el Motín de Aranjuez, y concluyó con las Abdicaciones de Bayona.

 

DOCUMENTO 1: LOS ANTECEDENTES DE LA CRISIS SEGÚN FERRER BENIMELI.

La situación interior del país durante los veinte años que duró el reinado de Carlos IV está marcada no sólo por la crisis internacional que afectó de forma notable a España, sino por la coyuntura económica nada favorable derivada de una serie de causas como las crisis agrarias, la inflación derivada de la guerra, las epidemias y el desastroso estado de las finanzas públicas.

La expansión demográfica experimentada a lo largo del siglo XVIII concluye con la epidemia de tercianas de finales del reinado de Carlos III. En los primeros años del siglo XIX hubo malas cosechas, pero la del año 1803-1804 fue todavía peor, y no bastaron las medidas adoptadas por el Gobierno…

La política ilustrada, a pesar de sus intentos experimentales, no supo llegar hasta sus últimas consecuencias, y quedó sin hacerse esa transformación radical que algunos, como Olavide, deseaban. Carlos IV heredó instituciones tan seculares como la Mesta, la Inquisición, los señoríos, los municipios oligárquicos, los mayorazgos, los privilegios estamentales, etcétera, es decir, todas las instituciones que los ilustrados habían denunciado e intentado, si no suprimir, sí, al menos, reformar en profundidad.

Si a esa situación se añaden los conflictos internacionales y guerras tanto marítimas como peninsulares que incidieron decisivamente en el reinado de Carlos IV y que influyeron de forma tan notable en la economía y comercio nacionales, no es de extrañar que el estado de las finanzas públicas pudiera ser peor, y llegara a encontrarse al borde de la bancarrota.

FUENTE: Grupo Cronos.

 

DOCUMENTO 2: LA NECESIDAD DE REFORMAS A FINALES DE SIGLO.

            La circulación necesaria a la agricultura exige precisamente el sacrificio de todas las causas que la obstruyen, y toca a la legislación que las creó, la obligación de removerlas. Éstas son:

            1ª El monopolio de las propiedades, que produce el de los signos y el del comercio.

            2ª Los privilegios dados a las ciudades en perjuicio de las campiñas, y las gabelas simultáneas con que se encarece a las mismas ciudades.

            3ª La funesta tendencia a éstas, creada y fomentada por el Gobierno, ya con establecimientos costosos e inútiles, ya con oficinas, ya con la retención de los grandes propietarios.

            4ª Las diferencias antisociales de pesos, medidas y monedas.

            5ª Las precisiones del fiel medidor, corredor, prohombres y demás opresiones.

            6ª Las aduanas y registros, como también la injusta distinción de puertos habilitados y no habilitados.

            7ª La impolítica carga de derechos en Europa o en Indias en los frutos y géneros nacionales.

            8ª La arbitrariedad de reglas y voluntariedades en que gime el comercio.

            9ª El impío y detestable Código fiscal.

            10ª Los gastos del erario, la exorbitancia de las contribuciones, y las vejaciones inauditas de su exacción.

            […] si creemos a los poseedores de mayorazgos, no digo mejor criados y con mas altos pensamientos, sino iguales a los demás hombres en virtud, inteligencia y buen juicio, ¿qué inconveniente habrá en dejarles la misma libertad de regir y disponer de sus bienes? Si, al contrario, los creemos  inferiores, de mentes y disipadores por punto general, ¿a qué mantener un sistema que los hace tales?.… No alcanzo respuesta sólida a este dilema.

            Pero, amigo, ¿quiere vmd. Ver resueltas estas cuestiones de una vez? Tómela contradictoria de los errores y verá cómo se encuentra con las verdades más elementales con éste simplicísimo decreto, cual escribirían uniformes la naturaleza y la política, libres del tumulto de nuestros vanos delirios:

            1º Que los empleos de la sociedad se den exclusivamente a la capacidad de desempeñarlo y sus premios al mérito personal, sin más pruebas que éstas.

            2º Que los matrimonios se formen por la voluntad e inclinación recíproca para amarse.

            3º Que los hijos de un mismo padre partan igualmente sus bienes.

            4º Que aquél que debiere a otro, pague en los términos que lo ofreció.

La mano sobre el pecho, amigo: ¿Conoce vmd. Un hombre bastante descarado para atreverse a impugnar públicamente estas cuatro proposiciones? La ley misma que las sancionase, ¿haría más que declarar los axiomas imprescriptibles de toda la sociedad política como de la moral? Y, ¿sería necesario recordarlos a no haberse afanado cien generaciones para oscurecerlos? Y sin embargo, estas cuatro proposiciones que arruinarían radicalmente el sistema impío, absurdo, antisocial de nobleza hereditaria y de mayorazgos, vmd no las propondrá receloso de la repulsa que tendrían.

FUENTE: GÓMEZ URDÁÑEZ, J.L., TUÑÓN DE LARA, M; MAINER J.C.; GARCÍA-DELGADO CASTILLO (1985) Historia de España. Volumen XII. Labor, Barcelona. Págs. 93-94

 

DOCUMENTO 3: EDICTO INQUISITORIAL PROHIBIENDO LA LECTURA DE LIBROS Y FOLLETOS REFERENTES A LOS ACONTECIMIENTOS DE FRANCIA.

Nos los inquisidores apostólicos, contra la herética pravedad, y apostasía, […]

A todas, y qualesquier personas de qualquier estado, grado, condición, preeminencia, ó dignidad que sean, […] vecinos, y moradores, estantes, y habitantes en las Ciudades, Villas, y Lugares de este nuestro distrito, y á cada uno de vos, salud en nuestro Señor Jesuchristo, […] y á los nuestros mandamientos firmemente obedecer, y cumplir.

Sabed, que teniendo noticias de haberse esparcido, y divulgado en estos Reynos varios Libros, Tratados, y Papeles, que sin contentarse con la sencilla narración de unos hechos […] sediciosos […] parecían formar un código teórico-práctico de independencia á las legítimas Potestades, tuvimos por conveniente […] examinarlos […] en que tanto interesaba nuestra Santa Religión […]. Y habiéndolos visto, y examinado, hemos hallado, que todos los dichos Libros, Tratados, y Papeles, además de estar escritos con un espíritu […] anti-christiano, y maliciosamente oscuro, y capcioso, manifiestan ser producciones de una nueva raza de Filósofos, hombres de espíritu corrompido […] los quales baxo el especioso título de defensores de la libertad maquinan realmente contra ella, destruyendo de esta suerte el orden político, y social, y […] la gerarquia de la Religión christiana, exhortando con este lenguage de seducción á sacudir el yugo de subordinación y sujeción á las legítimas Potestades tan recomendadas por Jesuchristo en su evangelio, y repetida con el mayor encarecimiento en las epístolas de los Santos Apóstoles, pretendiendo por aquí fundar […] sobre las ruinas de la Religión y Monarquías aquella soñada libertad, que malamente suponen concedida á todos los hombres por la naturaleza, […] hizo a todos sus individuales iguales, e independientes unos de otros.

A fin pues, de que esta epidemia no se difunda, y [de] precaver […] el daño que pueden ocasionar á los Fieles unas doctrinas tan opuestas al espíritu de nuestra santa Religión católica, prohibimos absolutamente los Libros, Tratados, y Papeles impresos, y manuscritos, que hasta ahora han llegado á nuestras manos, y son los que se siguen.

FUENTE: ANES, G.: Economía e Ilustración, Págs. 180 – 181 (Adaptado)


 

Los siguientes documentos nos reflejan las abdicaciones de Bayona. Independientemente del interés erudito que este hecho pueda suponer, lo que a nosotros nos debería interesar a la hora de analizar el proceso de transición desde el Antiguo Régimen a un sistema liberal, es el hecho de que estas abdicaciones comportaron la sustitución de una dinastía típicamente propia del Antiguo régimen, por una de nuevo cuño, la de los Bonaparte, herederos en cuanto a conceptos jurídicos, de la Revolución francesa.

No obstante, debemos recalcar que la monarquía de Carlos IV, con la irrupción de Godoy y de sus medidas reformistas, ya se empezó a alejar de la esencia del Antiguo Régimen. Por ello, no era una dinastía tan caduca, si nos olvidamos del motín de Aranjuez, auténtico golpe de Estado que arribó al trono al príncipe de Asturias, don Fernando, y a los grupos de la Corte que el apoyaban, como la nobleza y la Iglesia.

Además, debemos de tener en cuenta que la base jurídica de la nueva monarquía francesa, los Bonaparte, era un texto consistente en una Carta Otorgada que, si bien es cierto que a nivel de estructuras sociales y económicas anticipaba la revolución liberal como heredero que era de la Revolución francesa, a nivel de estructuras políticas presentaba una importante concentración del poder en la cabeza del Estado, que no lo era por deseo divino, pero que continuaba concediendo una preeminencia muy importante a la religión católica. 

 

DOCUMENTO 4: ABDICACIÓN DE CARLOS IV EN UNA CARTA A NAPOLEÓN. 

Señor mi hermano: V.M. sabrá sin duda con pena los sucesos de Aranjuez y sus resultas, y no verá con indiferencia a un rey que, forzado a renunciar la corona, acude a ponerse en los brazos de un gran monarca, aliado suyo, subordinándose totalmente a la disposición del único que puede darle su felicidad, la de toda su familia y la de sus fieles vasallos. Yo no he renunciado a favor de mi hijo sino por la fuerza de las circunstancias […].

            Yo fui forzado a renunciar […], yo he tomado la resolución de conformarme con todo lo que este gran hombre quiera disponer de nosotros y de mi suerte, la de la reina y la del Príncipe de la Paz.

            Dirijo a V.M. una protesta contra los sucesos de Aranjuez, y contra mi abdicación. Me entrego y enteramente confío en el corazón y amistad de V.M. […].

De V.M.I., su afecto hermano y amigo. Carlos.

 

DOCUMENTO 5: ABDICACIÓN DE CARLOS IV EN BAYONA.  

"He tenido a bien dar a mis amados vasallos la última prueba de mi paternal amor. Su felicidad, la tranquilidad, prosperidad, conservación e integridad de los dominios que la divina providencia tenía puestos bajo mi Gobierno, han sido durante mi reinado los únicos objetos de mis constantes desvelos. Cuantas providencias y medidas se han tomado desde mi exaltación al trono de mis augustos mayores, todas se han dirigido a tan justo fin, y no han podido dirigirse a otro. Hoy, en las extraordinarias circunstancias en que se me ha puesto y me veo, mi conciencia, mi honor y el buen nombre que debo dejar a la posteridad, exigen imperiosamente de mí que el último acto de mi Soberanía únicamente se encamine al expresado fin, a saber, a la tranquilidad, prosperidad, seguridad e integridad de la monarquía de cuyo trono me separo, a la mayor felicidad de mis vasallos de ambos hemisferios.

Así pues, por un tratado firmado y ratificado, he cedido a mi aliado y caro amigo el Emperador de los franceses todos mis derechos sobre España e Indias; habiendo pactado que la corona de las Españas e Indias ha de ser siempre independiente e íntegra, cual ha sido y estado bajo mi soberanía, y también que nuestra sagrada religión ha de ser no solamente la dominante en España, sino también la única que ha de observarse en todos los dominios de esta monarquía. […] que este último acto de mi soberanía sea notorio a todos en mis dominios de España e Indias, y de que conmováis y concurran a que se lleven a debido efecto las disposiciones de mi caro amigo el emperador Napoleón, dirigidas a conservar la paz, amistad y unión entre Francia y España, evitando desórdenes y movimientos populares, cuyos efectos son siempre el estrago, la desolación de las familias, y la ruina de todos.

Dado en Bayona en el palacio imperial llamado del Gobierno a 8 de mayo de 1808. Yo el Rey. Al Gobernador interino de mi consejo de Castilla."

 

DOCUMENTO 6: LA RENUNCIA DE FERNANDO VII.

            En este día he entregado a mi amado padre una carta concebida en los términos siguientes: “Mi venerado padre y señor: Para dar a V.M. una prueba de mi amor, de mi obediencia y de mi sumisión, y para acceder a los deseos que V.M. me ha manifestado reiteradas veces, renuncio a mi Corona a favor de V.M. deseando que pueda gozarla muchos años. Recomiendo a V.M. las personas que me han servido desde el 19 de marzo; […].

Dios guarde a V.M. muchos años. Bayona, 6 de mayo de 1808. […]”

            En virtud de esta renuncia de mi Corona que he hecho a favor de mi amado padre, revoco los poderes que había otorgado a la Junta de Gobierno antes de mi salida de Madrid para el despacho de los negocios graves y urgentes que pudiesen ocurrir durante mi ausencia. La Junta obedecerá las órdenes y mandatos de nuestro muy amado padre y soberano, que las hará ejecutar en los reinos […].

Tratado entre Fernando VII y Napoleón. Bayona, 10 de mayo de 1808.

Art. 1. Su Alteza Real el Príncipe de Asturias adhiere a la cesión hecha por el Rey Carlos de sus derechos al trono de España y de las Indias a favor de su Majestad el Emperador de los franceses, Rey de Italia y Protector de la Confederación del Rhin, y renuncia en cuanto sea menester a los derechos que tiene como Príncipe de Asturias a dicha Corona […].

FUENTE: MENDOZA, RIVERO y VILLENA (2007): Historia de España en sus documentos. Madrid. Globo. Págs. 215-216.

 

DOCUMENTO 7: DECRETO DE NAPOLEÓN DE 1808.

            Napoleón, emperador de los franceses, rey de Italia, etc. […]

            Españoles: después de una larga agonía, vuestra nación iba a perecer. He visto vuestros males y voy a remediarlos. Vuestra grandeza y vuestro poder son parte del mío.

            Vuestros príncipes me han cedido todos sus derechos a la corona de las Españas; yo no quiero reinar en vuestras provincias; pero sí quiero adquirir derechos eternos al amor y al reconocimiento de vuestra prosperidad.

            Vuestra monarquía es vieja; mi misión se dirige a renovarla; mejoraré vuestras instituciones y os haré gozar de los beneficios de una reforma sin que experimentéis quebrantos, desórdenes y convulsiones.

            Españoles: he hecho convocar una asamblea general de las diputaciones de las provincias y de las ciudades. Yo mismo quiero saber vuestros deseos y vuestras necesidades.

            Entonces depondré todos mis derechos, y colocaré yo mismo vuestra gloriosa corona en las sienes de otro, asegurándoos una Constitución que concilie la santa y saludable autoridad del Soberano con las libertades y privilegios del pueblo.

            Españoles: acordaos de lo que han sido vuestros antepasados y mirad a lo que habéis llegado. No es vuestra culpa, sino del mal gobierno que os regía. Tened suma esperanza y confianza en las circunstancias actuales, pues quiero que mi memoria llegue hasta vuestros últimos nietos y que exclamen: es el regenerador de nuestra patria.

            Dado en nuestro palacio imperial y real de Bayona, a 25 de mayo de 1808, Napoleón.

Gaceta de Madrid, 3 de junio de 1808.

FUENTE: MENDOZA, RIVERO y VILLENA (2007): Historia de España en sus documentos. Madrid. Globo. Pág. 219


 

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